Capitulaciones matrimoniales: estipulaciones, atribuciones, forma y tiempo

capitulaciones matrimoniales

Para poder hablar correctamente de las estipulaciones, atribuciones, forma y tiempo de las capitulaciones matrimoniales habremos de distinguir entre dos términos. Las atribuciones y estipulaciones capitulares. Las atribuciones son las donaciones que un cónyuge hace al otro, al igual que parientes, padres y terceros.

Es posible considerar esto como desplazamientos patrimoniales, los cuales han sido producidos a favor de ambos, o sólo uno, de los contrayentes en consideración al futuro del matrimonio sin que tengan contenido normativo en cuanto a la economía matrimonial.

Las conocidas determinaciones de contenido normativo también son consideradas como estipulaciones matrimoniales. Mediante estas se puede establecer de forma total o parcial el régimen por el que la economía familiar quedará sometida.

Capitulaciones matrimoniales en el divorcio

Por su parte, el artículo 1.327 del Código Civil señala que, para su validez, las capitulaciones habrán de constar en escritura pública. Estamos, pues, ante una exigencia de forma ad solemnitatem o constitutiva, lo que se traduce, como hemos dicho, en que las capitulaciones no serán válidas mientras no consten en escritura pública.

Por último, en cuanto al tiempo, las capitulaciones matrimoniales podrán otorgarse antes o después de la celebración del matrimonio, pero en el primer caso, todo lo que se estipule en ellas bajo el supuesto del futuro matrimonio quedará sin efecto en el caso de no concretarse en el plazo de un año.

Requisitos y formalización de las capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son acuerdos fundamentales que permiten a los cónyuges definir el régimen económico que regirá su matrimonio. A través de este instrumento, las parejas pueden establecer condiciones específicas que regulen la propiedad, la administración de bienes y la disposición de los mismos en caso de separación o divorcio.

¿Quiénes pueden otorgar capitulaciones matrimoniales?

Las parejas pueden otorgar capitulaciones tanto antes como después del matrimonio. Esto permite planificar su situación patrimonial desde antes de la boda o modificar su régimen económico en función de sus necesidades cambiantes.

En el caso de los menores de edad no emancipados, la normativa exige que cuenten con la autorización de sus representantes legales, generalmente sus padres o tutores. Si estos no otorgan su consentimiento, es posible acudir a la vía judicial.

Escritura pública: un requisito indispensable

Para que las capitulaciones matrimoniales tengan validez jurídica, es obligatorio formalizarlas mediante escritura pública ante notario. Este requisito garantiza la autenticidad del acuerdo y protege los derechos de ambas partes.

En ausencia de esta formalidad, las capitulaciones carecerán de eficacia y no podrán ser invocadas en caso de separación o divorcio. Esto significa que, si no se documentan correctamente, se aplicará el régimen económico supletorio previsto por la ley.

Registro y efectos de las capitulaciones

Una vez firmadas ante notario, las capitulaciones matrimoniales deben inscribirse en el Registro Civil correspondiente al matrimonio. Este trámite tiene como objetivo dotar de publicidad al acuerdo.

Es importante destacar que la inscripción en el Registro Civil no es automática, sino que debe ser gestionada por los propios cónyuges o su representante legal. En algunos casos, puede ser necesario realizar anotaciones en el Registro de la Propiedad o el Registro Mercantil.

Ventajas de otorgar capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales ofrecen numerosos beneficios a las parejas que desean gestionar su patrimonio de manera clara y estructurada.

Protección patrimonial

Uno de los principales beneficios de las capitulaciones matrimoniales es la posibilidad de establecer un régimen económico que proteja el patrimonio individual de cada cónyuge.

Este mecanismo resulta especialmente útil cuando uno de los cónyuges posee deudas previas al matrimonio, ya que permite excluir determinados bienes del régimen de responsabilidad patrimonial, evitando que puedan ser embargados por acreedores.

Flexibilidad y personalización

Las capitulaciones matrimoniales ofrecen la posibilidad de adaptar el régimen económico a las necesidades particulares de cada pareja.

Además, estas estipulaciones no son inamovibles: los cónyuges pueden modificarlas posteriormente si sus circunstancias cambian, siempre que se respeten las formalidades legales. Esta flexibilidad otorga una gran ventaja frente a los regímenes económicos predeterminados.

Evitar conflictos en caso de divorcio

En situaciones de separación o divorcio, unas capitulaciones matrimoniales bien estructuradas pueden agilizar los trámites y reducir el impacto emocional y económico de la ruptura.

Además, este acuerdo proporciona mayor seguridad a ambos cónyuges, ya que elimina la incertidumbre sobre la liquidación del patrimonio común y minimiza el riesgo de conflictos legales.

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